Hoy en día no estamos ante la excepción anhelada, aunque sin dejar de reconocer algunos avances, no es menos cierto, que se ha procedido a aumentar el número de funcionarios públicos, en ocasiones valiéndose de servidores que no reúnen la calidad o experiencia requerida e incluso se advierte que la academia o los estudios pesan y son importantes, pero en la práctica demuestran algunas limitaciones en la proporcionalidad y el sentido de realidad.
Resulta inverosímil creer que, en ciertos ministerios, para obtener un turno de atención, en altas horas de la madrugada, se deben guardar colas. Tampoco es admisible que para realizar cualquier trámite, por muy sencillo que fuere, se ha institucionalizado toda una maraña administrativa que elimina la eficiencia y, sobre todo, la defensa de los derechos que ha sido, al menos, el discurso oficial del nuevo Estado Constitucional.
A mi juicio el peor pecado resulta ser la inaplicación, deliberada o por desconocimiento, de la Constitución, ya que al parecer se ignoran las disposiciones del artículo 11, en especial las que aparecen en los numerales 3 y 5, que claramente expresan que “los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte”.
Además, para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley, debiendo las servidoras y servidores públicos, administrativos o judiciales, aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia.
¿Será que lo hacen?
uente: Diario La Hora
Viernes, 1 de Octubre de 2010
Por : Jaime Vintimilla
jvintimilla@lahora.com.ec
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